lunes, 2 de septiembre de 2013


Devengado

Los valores devengados de la nómina son:
·    Salario básico mensual, asignado en el contrato de trabajo.
·    El recargo nocturno si la jornada o parte de ella se cumple durante la noche.
·    Las horas extras diurnas y extras nocturnas.
·    Los días dominicales y festivos, como las horas extras diurnas y nocturnas en dominicales y festivos.
·    El auxilio de transporte, tiene la naturaleza de un auxilio económico con destinación específica y por mandato de la ley se debe incorporar al salario única y exclusivamente para efectos de liquidación de prestaciones.
·    Los viáticos de carácter permanente en aquella parte destinada a proporcionar al trabajador manutención y alojamiento; pero no es lo que tenga por finalidad proporcionar los medios de transporte o los gastos de representación. Los viáticos ocasionales no constituyen salario en ningún caso.

El devengo en la Economía y la Contabilidad.En economía y contabilidad, el devengo es el principio por la cual todo ingreso o gasto nace en la etapa de compromiso, considerándose en este momento ya como incremento o disminución patrimonial a efectos contables y económicos. Es un derecho ganado que todavía no ha sido cobrado.El principio del devengo establece el criterio de imputación temporal de ingresos y gastos en función de la corriente real de bienes y servicios, en vez de hacerlo atendiendo a las corrientes monetarias que se produzcan. La aplicación del principio del devengo a la contabilidad proporciona una información más fiable y relevante que el principio de caja. Este criterio es uno de los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados a nivel internacional. Reconocer las operaciones bajo este criterio implica que la operación se debe registrar en el momento en que ocurre el hecho económico que la genera, con independencia de si fue contratado, facturado, pagado o cobrado, o de su formalización mediante un contratofactura o cualquier otro documento.El Plan General de Contabilidad de España establece el principio del Devengo como uno de los principios obligatorios en el registro contable de ingresos y gastos, estableciéndolo de la siguiente manera: "la imputación de ingresos y gastos deberá hacerse en función de la corriente real de bienes y servicios que los mismos representan y con independencia del momento en que se produzca la corriente monetaria o financiera derivada de ellos".El gasto devengado implica:Una modificación cualitativa y cuantitativa en la composición del patrimonio de la respectiva Jurisdicción o Entidad, originada por transacciones con incidencia económica y financiera en el ejercicio.

  • El surgimiento de una obligación de pago por la recepción de conformidad de bienes o servicios oportunamente contratados por haberse cumplido los requisitos administrativos dispuestos para los casos de gastos sin contraprestación.
  • La liquidación del gasto y la simultánea emisión de la respectiva orden de pago del cumplimiento de los previstos anteriormente.
  • La afectación definitiva de los créditos presupuestarios asignados correspondientes.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario